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ITALIA: 25 millones de euros para reabrir salas cerradas o reformar salas obsoletas.

Le informamos que a partir de las 12.00 horas del 10 de enero de 2024 y hasta las 23.59 horas del 15 de abril de 2024 será posible presentar, a través de la plataforma DGCOL (http://doc.cultura.gov.it/), solicitudes de crédito fiscal para el año 2023 de conformidad con el Capítulo III del Decreto Ministerial de 2 de abril de 2021 y modificaciones posteriores. que contiene «Disposiciones de aplicación de créditos fiscales en el sector cinematográfico y audiovisual, a que se refieren los artículos 16, 17, inciso 1, 18, 19 y 20 de la Ley N° 220 de 14 de noviembre de 2016».

Asimismo, le informamos de que es posible solicitar un crédito fiscal en relación con las obras realizadas a partir del 1 de octubre de 2021 y finalizadas a más tardar el 31 de diciembre de 2023 para las que no se haya presentado ya una solicitud de contribución de crédito fiscal para las mismas obras.

Cabe destacar que, en base a lo dispuesto en la Orden Ministerial de 14 de marzo de 2023 «Asignación del Fondo para el desarrollo de las inversiones en cine y audiovisual para el año 2023», el tope de recursos disponibles para la siguiente línea de intervención de créditos fiscales es:

CRÉDITO FISCAL A LA INVERSIÓN PARA CINES (1. Construcción de nuevas naves o restauración de salas cerradas o en desuso o renovación de salas existentes mediante el aumento del número de pantallas – código sectorial TCS; 2. Ajuste estructural y renovación de instalaciones – código de sector TCASRI) – 25.000.000,00 euros.

Cabe señalar también que, de conformidad con el art. 32, apartado 3, de la Orden Ministerial de 2 de abril de 2021 y modificaciones posteriores. cuando el monto total de las solicitudes de crédito fiscal recibidas es igual a los recursos disponibles para cada crédito fiscal, la DGCA desactiva el sistema de presentación de solicitudes, dando aviso en su sitio web institucional.

Las empresas operadoras que se beneficien del crédito fiscal están obligadas a programar, durante tres años a partir de la fecha de solicitud del beneficio, un porcentaje de películas de nacionalidad italiana o de otro país del Espacio Económico Europeo al menos igual al 20 por ciento de la programación anual realizada en la estructura para la que se solicita el crédito fiscal. Este porcentaje se reduce al 15% anual para los cines con no más de 2 pantallas.

Las subvenciones se concederán de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Exención por Categorías (RGE) y, a tal efecto, la Administración se reserva el derecho de solicitar más información, datos y documentos.

Por último, tenga en cuenta que en la página dedicada a los manuales de usuario de DGCOL encontrará:

  • El manual para la elaboración de las solicitudes de créditosfiscales preventivos y definitivos a que se refiere el art. 16, 17 apartados 1, 18, 19 y 20 de la Ley 220/2016

Para las solicitudes de asistencia relacionadas con el uso de la plataforma DGCOL, se invita a los usuarios a:

  • consulte la ayuda en línea «¿Necesita ayuda?» presente, en la parte superior derecha, dentro de algunas tarjetas de preguntas;
  • consultar el vademécum disponible en la página dedicada al material útil para el uso de la plataforma DGCOL;
  • activar un ticket de soporte a través de la función «Asistencia» correspondiente disponible dentro de su Área Reservada (DGCOL) para ser dirigido a:
    • soporte informático, para problemas técnicos;
    • Forms Support, para asistencia en el llenado de los formularios.

Se especifica que al enviar el ticket es necesario indicar el código de la pregunta y el problema encontrado. Las respuestas se tramitan en orden cronológico, dando prioridad a los procedimientos que expiran. Si el ticket no se tramita en el plazo fijado por el procedimiento, la Administración procederá al reexamen de las solicitudes pendientes y a la posible readmisión de las solicitudes. Tenga en cuenta que solo se considerarán las solicitudes que cumplan con los requisitos descritos anteriormente.

El servicio de asistencia está abierto de lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 horas. Los tiempos máximos de respuesta dependen del número de solicitudes activadas y de la naturaleza del informe, que puede incluir análisis y comparaciones adicionales con las oficinas, por lo que es aconsejable activar las solicitudes de asistencia con suficiente antelación a los plazos de presentación de solicitudes.

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